Hace tiempo que quiero escribir algo sobre derechos humanos. ¿Qué son? ¿Qué implican para nosotros, los mortales? Y ¿qué implican para los que nos gobiernan?
Así que hoy día voy a escribir algunas ideas, o algunos datos.
El día de ayer, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos presento su informe anual para el 2006 anunciando que la situación de los derechos humanos en el Perú ha retrocedido en el último ano.
"El balance de los primeros meses del nuevo gobierno aprista en materia de derechos humanos es desalentador. Además de no tener una política clara sobre cómo alcanzar su plena vigencia, las principales autoridades gubernamentales han propuesto e incluso adoptado una serie de medidas que abiertamente vulneran –o vulnerarían de ser finalmente aprobadas- el goce efectivo de esta clase de derechos"
La Coordinadora, inclusive, sugiere una serie de pasos a seguir para recuperar el camino perdido:
- Implementar el Plan Nacional de Derechos Humanos.
- Abolir constitucionalmente la pena de muerte.
- Implementar el conjunto de recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación.
- Desarrollar medidas contra todo tipo de discriminación.
- Implementar las recomendaciones o sentencias de los órganos del sistema universal y regional de derechos humanos y fortalecer los mismos.
- Adoptar medidas de protección para los defensores y defensoras de los derechos humanos.
- Acatar las sentencias del Tribunal Constitucional en materia de justicia militar.
- Adecuar la legislación penal al Estatuto de Roma y otros instrumentos internacionales.
- Derogar las Leyes 28875 y 28925 que someten a las organizaciones no gubernamentales a un inconstitucional control por parte de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI).
- Adoptar medidas para adecuar nuestra legislación a los estándares internacionales en materia medioambiental y para garantizar el derecho de la población a decidir sobre el manejo de sus recursos.
Pero, el problema de la Coordinadora es que hablar de derechos humanos en el Perú es difícil. Por un lado porque muy pocos saben, realmente, lo que son los derechos humanos. Y, por otro, porque muchos los consideran relativos: algunos tienen más derechos que otros, o algo así.
La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) los identifica como derechos de los seres humanos que no están sujetos a ningún tipo de jurisdicción ni algún otro tipo de factores. Es decir, son derechos aquí y en la China. Que se cumplan o no es irrelevante. No están sujetos a la existencia o no de leyes que los protejan o reconozcan. Son universales. Esto concepto de los derechos humanos no es nuevo. Ya en el Siglo 6, el Imperio Persa reconoció el derecho a la libertad de credo y abolió la esclavitud.
¿Pero a que nos referimos, exactamente? Los derechos humanos pueden ser vistos desde dos perspectivas:
Pueden ser negativos: es decir, aquellos que, en la tradición Anglo-Americana, el Estado (ni nadie) puede quitar: derecho a la vida, derecho a la libertad, derecho al debido proceso, etc.
O positivos: es decir, aquellos que, y tal como están presentados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Estado tiene la obligación de proteger: derecho a la salud, a la educación, a la vivienda, a la seguridad, etc.
Estos han sido clasificados en distintas categorías:
Derechos civiles y políticos
Derechos económicos, culturales y sociales
No se pueden balancear. No se puede decir que como estamos bien en los derechos civiles no pasa nada que estemos mal en los económicos. Pero eso no significa que no sea posible cumplirlos de manera progresiva –dependiendo de las capacidades de cada Estado (y de su punto de partida). Y esto no significa que no se estén violando los derechos de los ciudadanos de un país aun si que estos se vienen cumpliendo de manera progresiva.
La responsabilidad del Estado de observar, proteger y promover los derechos humanos puede justificarse con varios argumentos. El principal, sin embargo, es que los Estados, el Peruano, por ejemplo, han firmado la Declaración (los Estados Unidos no, por ejemplo. Los Chinos, tampoco. Cuba, si). Entonces hay una responsabilidad ante el derecho internacional. Pero además hay una responsabilidad ante el derecho nacional ya que la Declaración esta reflejada en nuestras constituciones.
Pero, ante todo, la justificación más clara debe ser la del reconocimiento que todos los seres humanos son iguales y por lo tanto todos tenemos el derecho a la vida. Y una vida es igualmente valiosa que cualquier otra.
Ahora, la defensa de los derechos humanos no sugiere que todos los peruanos, por ejemplo, tienen el derecho a viajes en primera clase y que el Estado tiene que andar pagándole pasajes en primera a todo el mundo. Pero todos los peruanos tienen el derecho a la vida, a la educación, a la salud, a la vivienda, a la seguridad, etc. Estas son las razones por las que existe el Estado y por las que aceptamos su derecho legitimo de violencia. Ninguna otra entidad u organismo tiene ese derecho. Ningún individuo o empresa. Solamente el Estado.
Ese derecho, ese monopolio, debe ser usado para asegurase que esos derechos sean cumplidos.
En el próximo blog discutiré más específicamente las recomendaciones de la Coordinadora.




